Todas las instituciones deberían contar con un plan de contingencia actualizado, ya que es una herramienta muy valiosa que basada por lo general en un análisis de riesgo, nos permitirá ejecutar un conjunto de normas, procedimientos y acciones básicas de respuesta que se debería tomar para afrontar de manera oportuna, adecuada y efectiva , la eventualidad de incidentes, accidentes y/o estados de emergencias que pudieran ocurrir tanto en las instalaciones como fuera de ella, por ejemplo el secuestro de un funcionario.
Los riesgos los puedes eliminar, transferir, mitigar o aceptar, ello dependerá de varios factores como probabilidad de ocurrencia o impacto del riesgo, los objetivos del plan de contingencia son el de planificar y describir la capacidad para respuestas rápidas, requerida para el control de emergencias, paralelo al plan se debe identificar los distintos tipos de riesgos que potencialmente podrían ocurrir e incorporar una estrategia de respuesta para cada uno, algunos objetivos específicos:
1.- Establecer un procedimiento formal y por escrito que indique las acciones a seguir frente a determinados riesgos.
Los planes de contingencia son necesarios en todo sistema y no podría dejarse de lado en el tema de seguridad, Entiendo por plan de contingencia al conjunto de procedimientos alternativos a la operatividad normal de cada institución y su finalidad es la de permitir el funcionamiento de esta, aun cuando alguna de sus funciones deje de hacerlo por culpa de algún incidente tanto interno como ajeno a la organización.
Haciendo una síntesis para su elaboración la podríamos dividir en cinco etapas.
- - Evaluación
- - Planificación
- - Pruebas de viabilidad
- - Ejecución
- - Recuperación
Las tres primeras etapas hacen referencia al componente preventivo y las ultimas a la ejecución del plan una vez ocurrido el siniestro.
Queda claro que lo único que permite que una institución, empresa o persona pueda reaccionar de manera adecuada ante una crisis de seguridad, es mediante la elaboración, prueba y mantenimiento de un plan de contingencia. Finalmente en el Perú según la ley 28551 las instituciones en general están en la obligación de elaborar y presentar un plan de contingencia.
Fuente: Portal de Seguridad
Visto en CXO-Community.com.ar
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