En la parte final del trabajo de la LX Legislatura el Senado de la República aprobó modificaciones a los artículos 429 del Código Penal Federal y 223 bis de la Ley de la Propiedad Industrial para perseguir de oficio la piratería.
"La acción del delincuente entrańa una violación más grave de derechos de autor, de la propiedad intelectual de la obra, de la seguridad jurídica del autor con relación a ésta y del progreso cultural y económico de la nación", subrayó.
Esta situación basta por sí sola para justificar la acción persecutora de oficio del Estado, indicó la Cámara alta en el dictamen aprobado, que reforma los artículos mencionados del Código Penal Federal y de la Ley de la Propiedad Industrial.
La ratificación de la propuesta por parte de la Cámara de Diputados obligaría a las autoridades oficiales, sin que medie una denuncia, atacar la falsificación de los más diversos productos.
La propuesta de modificaciones legales se encuentra en su etapa final de revisión, de recibir la aprobación de ambas cámaras del poder legislativo, aportaría una serie de instrumentos legales a autoridades, federales y locales en el combate a la piratería de diversos objetos y el freno a su comercialización.
Mediante la reforma, se perseguiría de oficio el delito de venta de objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por la ley, al implicar la consumación de conductas que no sólo perjudican a los titulares de los derechos que violentan, sino que por su gravedad y constante evolución afectan los intereses de la sociedad y del Estado.
Además perjudica a los creadores de obras y productos intelectuales, a los artistas, músicos, editores de música, distribuidores y vendedores legalmente establecidos, así como a empresas que invierten en el desarrollo de marcas, advirtió la Cámara alta en el dictamen aprobado.
"La acción del delincuente entrańa una violación más grave de derechos de autor, de la propiedad intelectual de la obra, de la seguridad jurídica del autor con relación a ésta y del progreso cultural y económico de la nación", subrayó.
Esta situación basta por sí sola para justificar la acción persecutora de oficio del Estado, indicó la Cámara alta en el dictamen aprobado, que reforma los artículos mencionados del Código Penal Federal y de la Ley de la Propiedad Industrial.
La ratificación de la propuesta por parte de la Cámara de Diputados obligaría a las autoridades oficiales, sin que medie una denuncia, atacar la falsificación de los más diversos productos.
La propuesta de modificaciones legales se encuentra en su etapa final de revisión, de recibir la aprobación de ambas cámaras del poder legislativo, aportaría una serie de instrumentos legales a autoridades, federales y locales en el combate a la piratería de diversos objetos y el freno a su comercialización.
Las empresas pierden en México 1,200 millones de dólares anuales por la
piratería y el contrabando de acuerdo con cifras de American Chamber que ubican
a México en el cuarto lugar mundial en materia de piratería y el primero en
América Latina.
Mediante la reforma, se perseguiría de oficio el delito de venta de objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por la ley, al implicar la consumación de conductas que no sólo perjudican a los titulares de los derechos que violentan, sino que por su gravedad y constante evolución afectan los intereses de la sociedad y del Estado.
Además perjudica a los creadores de obras y productos intelectuales, a los artistas, músicos, editores de música, distribuidores y vendedores legalmente establecidos, así como a empresas que invierten en el desarrollo de marcas, advirtió la Cámara alta en el dictamen aprobado.
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