lunes, 26 de octubre de 2009

Disponen por ley que la historia clínica es propiedad del paciente (Argentina)

El Congreso sancionó una ley que consagra el derecho del paciente al acceso irrestricto a su historia clínica y a toda la información relacionada con su salud y posibles tratamientos terapéuticos, con el fin de garantizarle las mejores condiciones para el consentimiento o rechazo de las prácticas propuestas por un profesional o institución médica.

Se trata de derechos que hasta el momento han venido siendo consagrados de manera pacífica por la Justicia, pero que no contaban con una debida reglamentación legislativa, salvo en contadas excepciones.

De hecho, el denominado "consentimiento informado" sólo se encuentra consagrado para el caso de la ablación de órganos, pero no para otras prácticas terapéuticas quirúrgicas.

Una de las principales disposiciones de la ley es que declara a la historia clínica propiedad del paciente, razón por la cual le reconoce el derecho a recibir copia de ella en un plazo no mayor a 48 horas sin más trámite que el simple requerimiento del interesado.

"Lo que se busca es regular jurídicamente aspectos que antes eran obviados o directamente regulados exclusivamente por los usos y costumbres del ejercicio de la profesión médica", explicó el senador Marcelo Guinle (PJ-Chubut), autor del proyecto que sirvió de base para la ley.

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Visto en lanacion.com.ar

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