Los siguientes son fallos de diferentes salas pertenecientes a la "Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo" de la República Federal Argentina. si uno se pone a revisar los distintos fallos encontrará cierto grado de contradicción entre un fallo y otro, pero a la conclusión a la que nos llevan es que en una empresa se deben tener Políticas, Normas y Procedimientos (PNPs) debidamente Formalizados, Implementados(comunicados al personal) y Actualizados. Las PNPs además deberán incluir aspectos relacionados a la Gestión de la Seguridad Informática tomando como buenas prácticas por ejemplo la ISO 27002.
G.D.M.d.R. c/Y.P.F Yacimientos Petrolíferos fiscales S.A. s/ despido
"Corresponde considerar suficientemente cumplidos los requisitos de causalidad, proporcionalidad y oportunidad en la decisión de la ruptura contractual, si se tiene por acreditado que la actora dedicó cierta cantidad de tiempo durante su jornada de labor en trabajos que ninguna relación tenían con sus funciones y utilizaba para ello los medios de comunicación de la compañía (correo electrónico)."
Pereyra, Leandro Ramiro c/Servicios de Almacen Fiscal Zona Franca y mandatos S.A. s/ despido
"La accionada no ha acreditado que haya dictado norma alguna -escrita o verbal- sobre el uso que debían hacer los empleados del correo electrónico de la misma, con el agravante de que procedió a despedir al actor directamente, sin hacerle ninguna advertencia previa sobre el uso particular del correo electrónico."
V.R.I. c/Vestiditos S.A. s/ Despido
"Considerando que si bien la actora al utilizar en forma indebida la cuenta de correo provista por la empresa puede afirmarse que defraudó la confianza en ella depositada ya que dispendiaba tiempo de trabajo en su beneficio, en la medida en que lo acontecido no fue sino un intercambio de correos electrónicos que no trascendió los límites de la empresa ni tomó estado público, el despido dispuesto deviene una medida excesiva e injustificada."
Acosta, Natalia Mariel c/ Disco S.A. s/ despido
"Se hace lugar a la demanda interpuesta, por cuanto la causa de despido invocada -uso indebido del correo electrónico de la empresa- resulta arbitraria e infundada. Ello, en tanto no se precisó ni se acreditó el contenido de las comunicaciones enviadas por la actora, a qué personal injuria o cuál sería la falta de respeto invocada."
Greppi, Laura Karina c/ Telefónica de Argentina S.A. s/ despido
"Resulta un acto discriminatorio el despido de la reclamante que remitiera una misiva por vía de e-mail a sus compañeros de trabajo instándolos a adoptar acciones colectivas pacíficas en solidaridad con los trabajadores de Aerolíneas Argentinas."
Rojas César Osvaldo c/ G. M. F. s/ daños y perjuicios
"Se hace lugar a la demanda de mala praxis impetrada por la actora contra su abogada al iniciar una demanda laboral en forma extemporánea, y en tanto existían grandes posibilidades de que la demanda prosperara se reconocen los daños y perjuicios reclamados. Ello, considerando que el despido fue causado por la utilización desmedida y constante del mail por parte del trabajador, y que la empresa no invocó al contestar demanda la existencia de reglamentación alguna ni de instrucciones dadas a los empleados acerca del uso del correo electrónico."
Delgado Nancy Marcela c/ Catering Argentina S.A. s/ ordinario – despido
"Trabajador que envía a sus compañeros correo electrónico con contenido pornográfico. Improcedencia del despido cuando dicha práctica es habitualmente tolerada por la empleadora."
Prato Carolina c/ Hoyts General Cinema de Argentina S.A. s/ despido
"Es ajustado a derecho el despido por pérdida de confianza de una trabajadora que no guardó reserva y confidencialidad sobre una comunicación recibida en su correo electrónico."
Fuente: www.leyeslaborales.com.ar
OTROS fallos relacionados
López Marcela Edith c/ C.C.R. S..A. Concord Consumer Comunication Research Development S.A. s/ despido
Castello, Marcelo Jose c/Price Waterhouse & Co. S.R.L. s/ despido
Alvarez Armando Jorge c/ CPC S.A.
B. M. c/ SGS Société Genérale de Surveillance S.A.
C. María c/ Universidad Católica de la Plata
Cabral Zarza Cristina c/ Ambrogi Guillermo
Gelonch Giselle Araceli c/ Carda S.A.
Gonzalez Suarez, Silvana Mariela c/ Almagro Construcciones S.A.
Guila Alejandro Daniel c/ E.P.S.A. Electrical Products S.A.
Guilhem Gastón Damián c/Netpro S.A
Kustner Alejandro c/ Daimler Chrysler Leasing Argentina S.A. y Otros
Lenain María Paula c/ Technisys S.A.
Meek Esteban Hugo c/ Total Austral S.A.
Muñoz Yanina Vanesa c/ Klas Juan y otro
Peiro Ricardo Fernando c/ Ceteco Argentina S.A.
Vidal Gustavo Sergio c/ Microstar S.A.
Viloria Myriam Analia c/ Aseguradora de Créditos y Garantías S.A.
Otros documentos
Uso del Correo Eletronico en el Ambito Laboral (pdf)
Visto en Blog Auditoria, Informática y Fraudes
V.R.I. c/Vestiditos S.A. s/ Despido
"Considerando que si bien la actora al utilizar en forma indebida la cuenta de correo provista por la empresa puede afirmarse que defraudó la confianza en ella depositada ya que dispendiaba tiempo de trabajo en su beneficio, en la medida en que lo acontecido no fue sino un intercambio de correos electrónicos que no trascendió los límites de la empresa ni tomó estado público, el despido dispuesto deviene una medida excesiva e injustificada."
Acosta, Natalia Mariel c/ Disco S.A. s/ despido
"Se hace lugar a la demanda interpuesta, por cuanto la causa de despido invocada -uso indebido del correo electrónico de la empresa- resulta arbitraria e infundada. Ello, en tanto no se precisó ni se acreditó el contenido de las comunicaciones enviadas por la actora, a qué personal injuria o cuál sería la falta de respeto invocada."
Greppi, Laura Karina c/ Telefónica de Argentina S.A. s/ despido
"Resulta un acto discriminatorio el despido de la reclamante que remitiera una misiva por vía de e-mail a sus compañeros de trabajo instándolos a adoptar acciones colectivas pacíficas en solidaridad con los trabajadores de Aerolíneas Argentinas."
Rojas César Osvaldo c/ G. M. F. s/ daños y perjuicios
"Se hace lugar a la demanda de mala praxis impetrada por la actora contra su abogada al iniciar una demanda laboral en forma extemporánea, y en tanto existían grandes posibilidades de que la demanda prosperara se reconocen los daños y perjuicios reclamados. Ello, considerando que el despido fue causado por la utilización desmedida y constante del mail por parte del trabajador, y que la empresa no invocó al contestar demanda la existencia de reglamentación alguna ni de instrucciones dadas a los empleados acerca del uso del correo electrónico."
Delgado Nancy Marcela c/ Catering Argentina S.A. s/ ordinario – despido
"Trabajador que envía a sus compañeros correo electrónico con contenido pornográfico. Improcedencia del despido cuando dicha práctica es habitualmente tolerada por la empleadora."
Prato Carolina c/ Hoyts General Cinema de Argentina S.A. s/ despido
"Es ajustado a derecho el despido por pérdida de confianza de una trabajadora que no guardó reserva y confidencialidad sobre una comunicación recibida en su correo electrónico."
Fuente: www.leyeslaborales.com.ar
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Castello, Marcelo Jose c/Price Waterhouse & Co. S.R.L. s/ despido
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B. M. c/ SGS Société Genérale de Surveillance S.A.
C. María c/ Universidad Católica de la Plata
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Guila Alejandro Daniel c/ E.P.S.A. Electrical Products S.A.
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Kustner Alejandro c/ Daimler Chrysler Leasing Argentina S.A. y Otros
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Muñoz Yanina Vanesa c/ Klas Juan y otro
Peiro Ricardo Fernando c/ Ceteco Argentina S.A.
Vidal Gustavo Sergio c/ Microstar S.A.
Viloria Myriam Analia c/ Aseguradora de Créditos y Garantías S.A.
Otros documentos
Uso del Correo Eletronico en el Ambito Laboral (pdf)
Visto en Blog Auditoria, Informática y Fraudes
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