martes, 25 de octubre de 2011

Globalización de la Protección de Datos

por Jordi Masdevall, abogado de Baker & McKenzie


El desarrollo de la normativa sobre protección de datos es una realidad que desde sus inicios tiene una tendencia a globalizarse. Así empezando por Alemania (1977), Francia (1978), Israel (1981), Australia (1988), España y Suiza (1992), Hong Kong (1996), Reino Unido y Suecia (1998), Argentina (2000), Japón (2003), Colombia (2008), México (2010) y hasta más de 50 países que actualmente ya disponen de su propia legislación en materia de protección de datos.

Existen dos enfoques principales a la hora de regular la protección de datos en los países: el enfoque “ómnibus” que protege los datos personales de modo general en todas las actividades económicas y la mayoría de entornos y que es el enfoque seguido en Europa; y el enfoque “sectorial” que establece los requisitos para el tratamiento de datos en determinadas actividades económicas y en entornos concretos y que es el enfoque seguido en los Estados Unidos. La mayoría de los países fuera de Europa también siguen el enfoque “ómnibus”.



Fuente: diariojuridico.com







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