viernes, 30 de marzo de 2012

Colombia, el primer país que penaliza los delitos informáticos

Cuando alguien se apropia ilegalmente de información confidencial que está almacenada en un computador, en un correo electrónico, en un dispositivo móvil o hasta de una USB, está incurriendo en un delito que es castigado en Colombia desde el 2009 amparado por la Ley 1273, denominada “de la protección de la información y de los datos"·
Alexander Díaz García, Juez segundo de control de garantías de Róvira (Tolima) y especialista en nuevas tecnologías y protección de datos, asegura que Colombia es el primer país en tener una legislación tan clara sobre este delito.
“En otras partes no se protege la información y el dato, sino que se cubre el delito clásico que puede ser el patrimonio económico. Lo único es que le ponen el rótulo o nombre adicional de informático cuando se comete a través de medios electrónicos”, dijo el experto.
Diaz García estuvo en los talleres que se realizaron esta semana en Manizales en el primer ACK Security Conference, que termina hoy.
“Lo raro es que a mis talleres no asistieron abogados, jueces o personas que deben conocer cómo funciona la Ley en estos casos, pues aún en nuestro país muchos no saben cómo juzgar un delito de estas características”.
Para el experto no todos los ilícitos que se cometen a través de un computador o un dispositivo electrónico son informáticos, por eso aquí se presentan algunos cuestionamientos básicos de cómo funciona esta ley en Colombia.

¿Qué es un delito informático?
Es aquel donde se roba de manera ilegal información y datos personales que están en un medio digital.

¿Cuál es la diferencia entre delito informático y delito clásico realizado a través de medios electrónicos?
El delito informático es la conducta que vulnera la información y el dato privado, mientras que el delito clásico informático se entiende como el ilícito consumado a través de medios electrónicos.

Una amenaza vía e-mail es un delito informático?
No. En caso de que se pida dinero sería extorsión que se hace por medios electrónicos, pero no es un delito informático. Es como si se hiciera esa misma amenaza por medio de una nota, una llamada, o cualquier otro medio. Eso no es extorsión informática, es una extorsión clásica donde se usan los medios electrónicos para masificarla.

 

 Más...


Fuente: www.lapatria.com

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola, Colombia no es el primer pais que tiene ese tipo de ley, en Argentina existe la ley 26388 sancionada el 24 de junio de 2008 que regula los delitos informaticos

Anónimo dijo...

para los interesados el link d ela ley ..

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141790/norma.htm

Cryptex