
En un
fallo histórico para la jurisprudencia en Internet, un juez de Nueva
York determinó que una dirección IP, el código numérico de
identificación en la web, no puede servir enteramente como prueba para
acusar a una persona por presunta descarga de archivos de forma ilegal.
Hace
casi exactamente un año, la Justicia estadounidense hacía historia en
torno a las causas iniciadas contra los sitios de Internet de descarga
de contenidos (música, series, películas, entre otras cosas): 24.583
personas fueron demandadas por bajar de la web BitTorrent la película
“En tierra hostil”. Los récords en este sentido fueron, claramente,
superados por esta iniciativa de la empresa productora del film, Voltage
Pictures.
En esa ocasión se
planteó el hecho de que para buscar a la parte accionada había que
rastrear su dirección IP. Esto es el código que identifica a los
dispositivos de comunicación, es decir, a las computadoras con acceso a
Internet.
En
el país de norteamérica, la Justicia protagonizó otro hecho histórico.
Es que un juez del Estado de Nueva York declaró que las direcciones de
IP no pueden identificar o servir como prueba de que una persona realizó
descargas ilegales.
Visto www.diariojudicial.com/
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