martes, 23 de abril de 2013

El impacto del derecho al olvido en los buscadores de Internet


Las compañías que desarrollan su objeto empresarial en el sector de la economía digital deben ser cada vez más conscientes de que la información con la que trabajan y su seguridad deben ser consideradas como “cuestiones críticas de seguridad de la cadena de suministro”. En el entorno Internet, los problemas fundamentales hacen referencia a la identificación e implementación contractual de las estructuras, procesos y controles organizativos adecuados necesarios para gestionar la seguridad de la información (como un elemento más del proceso productivo), procurando al mismo tiempo un cumplimiento normativo efectivo.

Por tanto, las empresas deben evaluar qué políticas y procedimientos están dispuestas a modificar y a cambiar de forma parcial o íntegra; estos son: los informes de actividad, las políticas de retención de datos, los procedimientos de respuesta a incidencias, la normativa de las auditorías de control interno y externo y las políticas de privacidad de la compañía.
Si nos centramos en las políticas de privacidad de las compañías del entorno digital, el derecho al olvido constituye un asunto de ferviente actualidad que se caracteriza por ser una derivada del derecho de cancelación contemplado en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El derecho al olvido responde a la necesidad de que los interesados tengan la posibilidad de eliminar determinada información relativa a su persona indexada por los buscadores de Internet de manera indefinida, aun cuando estos –de hecho– no serían los responsables titulares del fichero del que se extrae información. En principio, la responsabilidad principal del tratamiento de los datos de carácter personal de un interesado sería el titular de un determinado sitio web, ante el cual ha de ser ejercido el derecho de cancelación por parte de un ciudadano con el fin de que esa información se elimine. No obstante, en muchas ocasiones, el ejercicio de dicho derecho resulta insuficiente para evitar que esa información continúe siendo indexada en los buscadores de Internet de manera indefinida.


Visto en  www.ticbeat.com/

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