lunes, 14 de noviembre de 2011

España: Se crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Trabajo e Inmigración (TIC)

El 10 de octubre de 2011, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden TIN/3016/2011 de 28 de octubre, por la que se crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Trabajo e Inmigración (TIC).

El objetivo de esta orden ministerial es establecer, gestionar, coordinar y aprobar las actuaciones en materia de seguridad de la información y las comunicaciones  del Ministerio de Trabajo e Inmigración. El motivo es el caracter horizontal de la seguridad y la fuerte interconexión entre todos los sitemas de información que permiten a la Administarción Pública prestar su servicio a los ciudadanos.

El Comité se estructura a través del:
  • - Comité de Dirección de Seguridad de las TIC (CDSTIC)
  • - Comité Permanente de Seguridad TIC (CPSTIC)

Al primero,(CDSTIC), presidido por el subsecretario de Trabajo e Inmigración, le corresponden las funciones:
  • - La dirección y seguimiento de la aplicación de la legislación vigente, normas, estándares y buenas prácticas aplicables en materia de seguridad de las TIC.
  • - La aprobación y seguimiento de las Políticas, los planes estratégicos, planes directores y líneas de actuación del Departamento en materia de seguridad TIC que proponga el Comité Permanente.
  • - La aprobación y seguimiento de las normativas en materia de seguridad, que afecten transversalmente a toda la organización. Así como, impulsar nuevas líneas en materia de seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
  • - La aprobación y seguimiento de las políticas de auditoría de las Unidades del Departamento, a propuesta del Comité Permanente.
  • - La aprobación de las declaraciones de aplicabilidad y conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad de cada una de las Unidades del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a propuesta del Comité Permanente.
  • - Designar la representación e informar sobre el estado de la seguridad TIC del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el Comité de Seguridad de la Información de las Administraciones Públicas definido en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
  • - El control de las actuaciones del CPSTIC y atribuir o delegar en el mismo las competencias que estime oportuno.
  • - El impulso de nuevas líneas de trabajo en materia de seguridad de las TIC.

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Orden TIN/3016/2011, BOE de 10 de noviembre de 2011.



Fuente: http://www.revista.ibermutuamur.es

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