La Comisión Europea le ha sacado los colores a cinco Estados que todavía no han transpuesto a su ordenamiento jurídico interno la conocida como Directiva Telecom o Directiva de Privacidad, que prevé un incremento en las garantías y derechos de los consumidores y usuario de Internet. España no está entre los afectados porque, aunque tarde, en el último momento cambió su normativa
n el año 2009 veía la luz la Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
por la que se producían diversas modificaciones relativas al servicio
universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y
servicios de comunicaciones electrónicas, así como al tratamiento de los
datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas.
Esta directiva de era muy necesaria, dado que la anterior regulación
de estos temas data de los años 2002 y 2004, por lo que viene a poner al
día algunas cuestiones relativas a la privacidad y a las comunicaciones
electrónicas que en su día no se tuvieron en cuenta lo que la sociedad
ha venido demandando.
Por ejemplo, esta directiva de 2009 es la que inserta en nuestro ordenamiento las novedosas cuestiones relativas al consentimiento para que una página web utilice cookies en nuestros ordenadores;
la obligación, por parte de los proveedores de servicios de
comunicaciones electrónicas de notificar, incluso a los afectados,
cualquier fallo de seguridad en sus sistemas que haya podido comprometer los datos personales de sus clientes. O la posibilidad de cambiar de operador de telefonía en tan solo un día.
Pues bien, la mencionada directiva contemplaba de plazo hasta el 25 de mayo de 2011 para que cada Estado Miembro adaptara su ordenamiento
interno a las previsiones en ella contenidas. España no fue
excesivamente diligente y lo hizo hace muy poco tiempo, el 31 de marzo
de 2012, con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real
Decreto-Ley 13/2012 de 30 de marzo.
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Fuente: noticias.lainformacion.com
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